Acuerdo

En un acuerdo se establecen ciertos términos y condiciones que involucran a dos partes o más, según el tipo de convenio. Los acuerdos pueden hacerse de manera escrita u oral, pero para que se respalden por la ley, lo mejor es tener un documento escrito ante un notario.

Estos pactos se establecen de común acuerdo entre las partes que resultan involucradas; esto quiere decir que todas las personas se encuentran al tanto de las condiciones y aceptan cumplirlas.

Para el sector de los bienes raíces existen varios tipos de acuerdos que pueden ser de gran utilidad en las compras, rentas del lugar, entre otros. Cuando se quiere realizar un intercambio comercial con un inmueble, es necesario que se firme un convenio para establecer las condiciones de la compra.

En estos acuerdos inmobiliarios se dejan por escrito algunas características del intercambio como:

  • Dirección del inmueble
  • Datos de contacto del comprador y del vendedor
  • Precio que se acuerda para la compra
  • Tipo de venta
  • Plazos para pagos y entrega de la propiedad
  • Otros aspectos.

Dejar por escrito los datos relevantes de un intercambio comercial permite que se solucionen de manera sencilla posibles conflictos a futuro. Si alguna de las partes involucradas en el acuerdo tiene algún inconveniente con la otra, pueden remitirse al pacto escrito para revisar nuevamente los términos.